Desde el inicio una de nuestras principales actividades ha sido la administración de comunidades de propietarios, tanto de primera como de segunda residencia.
Los servicios básicos que ofrecemos a las comunidades de propietarios son, junto con las funciones que se concretan en el artículo 553-18 de la Ley 5/2015 del Código Civil de Cataluña, los siguientes:
ASAMBLEAS GENERALES
- Asambleas Ordinarias. Una por ejercicio.
TAREAS ADMINISTRATIVAS
• Convocatoria de asambleas ordinarias y extraordinarias por orden del Presidente o de los legitimados por ley.
• Redacción y envío de las actas correspondientes a todos los propietarios.
• Reunión con el comité ejecutivo, en caso de que exista.
• Comunicación a los propietarios, al finalizar el ejercicio, de la liquidación de las cuentas generales, balances resultantes, así como las previsiones y cuotas para el siguiente ejercicio, y otra información complementaria.
TAREAS CONTABLES
• Contabilización, de acuerdo con el Plan General Contable, de toda la actividad económica de la Comunidad de Propietarios, bien sea a través del sistema tradicional, a través de los programas de administración de fincas confeccionados a tal efecto, o mediante hoja de cálculo estilo Excel, Open Office, etc.
• Control de la tesorería.
• Seguimiento del presupuesto con control de las desviaciones.
• Expedición de recibos de cuotas ordinarias, según acuerdo de la Junta.
• Expedición de las órdenes de pago de las reparaciones, servicios, inspecciones, gestiones, etc. encargados por la Comunidad.
TAREAS DE CONTENIDO LEGAL
• Asesoramiento profesional al Presidente o el Comité Ejecutivo, sobre las cuestiones que afectan a la comunidad de propietarios.
• Gestión de la reclamación a los deudores.
OTRAS ACTUACIONES
• Visitas con el perito del seguro comunitario en caso de siniestro.
• Gestión del siniestro con el seguro comunitario.
• Asesoramiento técnico.
• Petición de presupuestos de obras ordinarias.
• Seguimiento de obras de mantenimiento ordinario.
• Depósito, custodia y archivo de la documentación de la Comunidad.